De conformidad a lo señalado en los artículos 42, fracción V, inciso a) y 49 del Código Fiscal de la Federación, la autoridad fiscal tiene la facultad de llevar a domiciliarias para verificar la expedición de los comprobantes fiscales que se deben de emitir por la venta de bienes o la prestación de servicios que se efectúan por todos los contribuyentes.
Te informamos cuáles son los principales requisitos a los que debe sujetarse la autoridad y cuáles son tus derechos:
- La visita se debe de llevar en el domicilio fiscal, establecimientos o sucursales de los contribuyentes, siempre que se encuentren abiertos al público en general; es tu derecho que se deje constancia de esta última circunstancia en el acta de visita que para tal efecto se levante.
- Al presentarse los visitadores, deben entregar la orden de verificación indistintamente al contribuyente visitado, a su representante legal, al encargado o a quien se encuentre al frente del lugar visitado, y con dicha persona se entenderá la visita de inspección. La orden de visita debe señalar qué periodo es el que estará sujeto a revisión.
- Los visitadores se deberán identificar ante la persona con quien se entienda la diligencia; el nombre del visitador deberá estar señalado en la orden de visita.
- Se deben de designar dos testigos; en primer lugar la persona con quien se esté entendiendo la visita tendrá el derecho de designarlos, si no lo hace o los designados no aceptan servir como tales, los visitadores los designarán.
- En toda visita domiciliaria se levantará acta en la que se harán constar en forma circunstanciada los hechos u omisiones conocidos por los visitadores, y en su caso las irregularidades detectadas durante la inspección; tienes derecho a manifestar cualquier circunstancia que haya acontecido durante la visita y a que se asiente en el acta correspondiente.
- Los visitadores deben constatar que haya existido alguna venta o la prestación de algún servicio por la que se tenga la obligación de expedir un comprobante fiscal. Recuerda que en la revisión de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), el visitador debe de revisar el archivo electrónico del comprobante fiscal y no sólo la representación impresa de éste, a fin de corroborar si el CFDI cumple con los requisitos fiscales.
- Si con motivo de la visita se conoció el incumplimiento a las disposiciones fiscales, se procederá a formular la resolución correspondiente. Previamente se te deberá conceder un plazo de tres días hábiles para desvirtuar la comisión de la infracción presentando las pruebas que tengas a tu alcance, NOSOTROS TE PODEMOS ayudar con la elaboración de este escrito.
Si fuiste sujeto a una visita domiciliaria para la verificación de tus obligaciones en la expedición de los comprobantes fiscales, recuerda que puedes acudir con nosotros para que te asesoremos de cómo desvirtuar las observaciones de la visita o para analizar la legalidad de la imposición de la multa que haya sido objeto.
También recuerda que si tienes dudas de cuáles son tus obligaciones fiscales sobre la expedición de comprobantes y cómo cumplirlas, podemos asesorarte.
Tabla de contenidos
Preguntas y Respuestas
¿Qué es una visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales?
Una visita domiciliaria es una inspección realizada por las autoridades fiscales, como el SAT, para verificar que los contribuyentes emitan los comprobantes fiscales correspondientes por la venta de bienes o prestación de servicios, de acuerdo con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF).
¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir la autoridad en una visita de verificación fiscal?
La autoridad debe cumplir con los siguientes requisitos durante la visita:
- La visita debe realizarse en el domicilio fiscal o en establecimientos abiertos al público.
- Los visitadores deben identificarse y entregar una orden de verificación al contribuyente o representante legal.
- La orden debe especificar el periodo a revisar.
- Se deben designar dos testigos; el contribuyente puede designarlos, pero si no lo hace, los visitadores los elegirán.
¿Qué derechos tiene el contribuyente durante una visita fiscal?
El contribuyente tiene los siguientes derechos:
- A que los visitadores se identifiquen y presenten la orden de verificación.
- A designar testigos durante la diligencia.
- A que cualquier circunstancia ocurrida durante la visita se asiente en el acta.
- A un plazo de tres días hábiles para desvirtuar las observaciones de la autoridad y presentar pruebas.
¿Qué se revisa en una visita domiciliaria sobre comprobantes fiscales?
Durante la visita, los visitadores fiscales deben revisar que se hayan emitido los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) correspondientes por las transacciones realizadas. Es importante que la autoridad fiscal verifique tanto el archivo electrónico del CFDI como la representación impresa para asegurarse de que cumpla con los requisitos fiscales.
¿Qué pasa si se detectan irregularidades durante la visita fiscal?
Si se detectan irregularidades durante la visita, la autoridad puede imponer sanciones o multas. Antes de emitir una resolución definitiva, el contribuyente tiene derecho a presentar pruebas para desvirtuar las observaciones de la visita dentro de un plazo de tres días hábiles.
¿Cómo puedo defenderme si recibo una multa por incumplir con la expedición de comprobantes fiscales?
Si recibes una multa por incumplir con la expedición de comprobantes fiscales, puedes impugnar la sanción o desvirtuar las observaciones presentando pruebas. Es recomendable contar con la asesoría de un abogado fiscal para analizar la legalidad de la multa y defender tus derechos ante la autoridad.